El Gobierno aprueba una moratoria para el pago de locales comerciales

En el post, de hoy traemos las medidas adoptadas por el Gobierno en el alquiler, para el tema de locales comerciales, si bien hace semanas conociamos las medidas adoptadas en medidas para el alquiler de viviendas, ahora le toca al tema de locales comerciales. Tras varias semanas de presión por parte de las empresas para que se estableciera un marco de actuación, el Gobierno ha llegado a un conseso, para llevar a cabo una moratoria, para los alquileres de los locales comerciales ligados a una actividad empresarial.

En el caso de los grandes tenedores, los inquilinos podrán solicitar en el plazo de un mes la concesión de una moratoria en el pago de la renta, que se aplicará de manera automática y afectará al periodo de tiempo que dure el estado de alarma, prorrogable hasta un máximo de cuatro meses. El aplazamiento será sin ningún tipo de penalización ni intereses, y se podrá devolver, de manera fraccionada, durante un plazo de dos años a partir del momento en el que concluya la moratoria.

Esta moratoria se pedirá en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley (el 23 de abril de 2020) y deberá ser aceptada por el arrendador siempre y cuando no se hubiera alcanzado entre las partes un acuerdo previo de moratoria o reducción de la renta

Cuando el arrendador sea un pequeño propietario, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este nuevo Real Decreto se podrá solicitar el «aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta siempre que dicho aplazamiento o una rebaja de la renta no se hubiera acordado por ambas partes con carácter voluntario». Ademas, se permite el uso de la fianza para que el arrendatario pueda afrontar el pago de la renta, el arrendatario deberá reponerla en el plazo de un año desde la celebración del acuerdo o en el plazo que reste de vigencia del contrato, en caso de que este plazo fuera inferior a un año.

Al haberse ordenado el cierre de toda la actividad comercial y de restauración, con pequeñas excepciones como supermercados, farmacias o entidades financieras, todos estos negocios se han visto abocados a pérdidas, al no poder ingresar y tener que seguir haciendo frente a los pagos fijos, como el alquiler. Una situación que ha llevado al grueso de inquilinos a solicitar quitas o exenciones al pago de las rentas mientras dure esta situación.

No obstante, en la norma aprobada hoy, el Ejecutivo detalla que la moratoria aprobada va dirigida a «autónomos, profesionales y pymes cuya actividad económica se ha suspendido o se ha reducido drásticamente», lo que dejaría fuera a los gigantes del comercio y se ceñiría a unos 222.000 inmuebles alquilados de uso comercial, ocio, hostelería y turismo.

 



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