Seguro de
impago de alquiler

El seguro de impago de alquiler garantiza un alquiler sin sorpresas

Realice el cálculo

El seguro de impago de alquiler le permite al propietario proteger su vivienda frente a imprevistos como impago de mensualidades, actos vandálicos o gastos jurídicos.

Introduzca la renta mensual de su alquiler y calculamos el total de su seguro de impago de alquiler para los 3 tipos de cobertura:

La Correduría de Seguros Benjumea goza del respaldo de compañia de primera línea y máxima solvencia, inscrita y supervisada por el órgano regulador de la Dirección General de Seguros.

Calcula el coste de tu seguro de alquiler
Cuotas del seguro de impago de alquiler

Cuotas anuales

Con 6 rentas de impago

Desde 2,80% de la renta anual

Con 9 rentas de impago

Desde 3,20% de la renta anual

Con 12 rentas de impago

Desde 3,60% de la renta anual

Seguro de Defensa JurídicaÚnica Cobertura Defensa Jurídica 100%

Desde 1,80% de la Renta Anual (Sin requerir ninguna documentación del inquilino)

Coberturas diferenciadoras

Sin franquicia

en la cobertura de impago de rentas

Los gastos de cerrajero

y el importe de sustitución de la cerradura

Ampliamos la cobertura

en actos vandálicos hasta los 5.000 €

Honorarios de la inmobiliaria

para el realojo de un nuevo inquilino (máx. 1 mensualidad)

Coberturas diferenciadoras de nuestro seguro de impago de alquiler
Coberturas habituales de un seguro de alquiler

Coberturas habituales

Asistencia Legal por Desahucio

y cobertura jurídica completa del contrato de alquiler.

Desperfectos

por actos vandálicos del inquilino.

Impago de Rentas

a elegir 6, 9 o 12 meses de cobertura.

Reclamación en contratos

de reparación o mantenimiento.

Reclamación de daños materiales

por desperfectos.

Defensa

de la responsabilidad penal.

Asistencia jurídica telefónica.

Preguntas frecuentes

1) Si el inquilino no me paga, ¿cuándo me pagan el alquiler?

Con Plandeprotecciondealquiler la compañía aseguradora realizará el pago de las rentas impagadas en el momento en el que se admita la demanda de desahucio a trámite y hayan concurrido 3 mensualidades impagadas. Por ello es muy importante que en caso de impago se ponga en conocimiento lo antes posible, sin acumular demasiadas rentas incobradas.

2) ¿Qué tiempo se tarda en responder un estudio?

Las inmobiliarias adheridas a plandeprotecciondealquiler tienen una respuesta inmediata a un estudio de viabilidad y tan solo en 1 minuto pueden saber si el inquilino es viable o no. Además, solo es necesario presentar la última nómina del inquilino.

3) ¿Quién está detrás de Plandeprotecciondealquiler?

Plandeprotecciondealquiler se constituye como una plataforma especialista en el tratamiento del alquiler con garantías y su respaldo es el de compañías aseguradoras de primera línea en conjunto con la Correduría de seguros Benjumea S.A

4) ¿Qué hago si mi inquilino no me paga?

En caso de que su inquilino incumpla en el pago, deberá notificarnos dicha incidencia antes de los 45 días siguientes. Nuestro departamento de siniestros actuará en la mediación entre cliente y compañía para garantizar la mejor respuesta por parte de la aseguradora.

5) ¿Cuándo me llega la Póliza?

Una vez aprobado el estudio de un inquilino y recibida una plantilla de solicitud de póliza, tardamos 20 minutos en hacer llegar la póliza a la inmobiliaria. Como no solicitamos el contrato de arrendamiento podrás presentarte a la firma con el seguro de alquiler por delante. Varios días después recibe la póliza en su domicilio el propietario.

6) ¿Qué pasaría si el inquilino se marcha antes de terminar el año?

En caso de que la vivienda quede vacía antes de finalizar el plazo de la Garantía, el propietario o la persona autorizada deberá poner en conocimiento el hecho a la plataforma. Previa presentación del documento de rescisión de contrato y siempre y cuando no se haya hecho uso de la póliza, el importe de prima que reste por consumir será extornado. El límite máximo de esta devolución será de la mitad de la prima, a menos que se emita una nueva con lo que no existiría tal límite.

7) ¿Cuántas mensualidades cubre el Seguro de alquiler de viviendas de plandeprotecciondealquiler.com?

Desde el primer impago por parte del inquilino, abonamos las mensualidades que este deje de pagar hasta el límite establecido en la póliza: 6, 9 o 12 mensualidades.

8) ¿Qué cantidad de gastos jurídicos me cubre?

Todos los gastos jurídicos están incluidos en la cobertura de Plandeproteccióndealquiler.

9) ¿Qué significa la franquicia en la cobertura de daños por actos vandálicos?

Una vez producido el desahucio, si el inquilino ocasiona daños malintencionados en el continente de la vivienda, se indemnizará al propietario con un límite de 5.000€ para restaurarlos, los primeros 300€ corren a cuenta del asegurado, esta es la franquicia.

10) ¿Puedo asegurar el alquiler de un local?

Sí, podemos asegurar locales, oficinas y despachos. Las condiciones cambian sensiblemente.

11) ¿Quién tiene que pagar el seguro de alquiler de viviendas?

El pagador del seguro puede ser cualquiera de las 3 partes que forman el triángulo. Puede pagarlo la inmobiliaria, y ofrecerlo para la captación de la operación y del propietario. Puede ser el mismo arrendador quién lo pague incluso puede ser el inquilino, aunque no se recomienda la domiciliación en la cuenta de este.

12) ¿Cómo sé si el inquilino es válido para hacer la póliza?

Si eres inmobiliaria solo tienes que darte de alta en plandeprotecciondealquiler.com y podrás saber la viabilidad de un inquilino de manera inmediata con 3 sistemas:
– Certificado de viabilidad a través de la web y gratuito
– Correo electrónico
– Vía telefónica.
Si eres propietario particular has de solicitar el estudio de viabilidad a través de la web y tendrás que abonar el precio del certificado (19€).

13) ¿Qué es la carencia en la póliza de impago de alquiler?

Si tiene un mes de carencia significa que desde la fecha de efecto de la póliza la compañía no dará cobertura a cualquier siniestro producido dentro de eses primer mes. En este tipo de póliza no suele ser inconveniente ya que el inquilino siempre paga el primer mes por adelantado.

14) ¿Qué diferencia hay entre la póliza de Defensa Jurídica y la póliza de Impago de alquiler de viviendas?

La primera garantiza todos los costes judiciales de reclamación, bien para desahuciar por falta de pago o por cualquier otro incumplimiento de contrato, aunque el inquilino este pagando puntualmente. La de Impago incorpora la cobertura de indemnización de rentas y actos vandálicos además de la defensa jurídica.

15) ¿Qué es el mínimo litigioso?

Es la cantidad objeto de reclamación o litigio, por debajo de la cual el trámite no se halla garantizado.

16) ¿Qué es el seguro de alquiler?

El seguro de impago de alquiler no es más que una póliza que se contrata con la compañía aseguradora en virtud de la cual esta compañía se responsabiliza del cumplimiento de unas obligaciones redactadas en el condicionado general y particular. Estas coberturas van destinadas a dotar al propietario de una vivienda alquilada de la tranquilidad necesaria ante los posibles riesgos que puedan ocurrir durante el arrendamiento. Impago de rentas, Gastos de Defensa Jurídica, Actos de vandalismo etc… son algunas de las más frecuentes coberturas, pero no las únicas.

17) ¿Cuáles son las principales coberturas?

El seguro de impago ha evolucionado mucho estos años atrás. Las coberturas han ido variando y aumentando, aunque podemos decir que son 3 las coberturas principales:

  • Indemnización por impago de rentas.
  • Coberturas de gastos jurídicos.
  • Actos vandálicos del inquilino.

Actualmente las coberturas de Plandeprotecciondealquiler son las más completas del mercado, ya que además de las 3 anteriormente expuestas incluye:

  • Limpieza tras desahucio.
  • Cambio de cerradura.
  • Impago de suministro.

Incluso incluye coberturas pensando en la agencia inmobiliaria, ya que abonamos la mensualidad del propietario de honorarios a la inmobiliaria cuando se ha producido un desahucio para que la agencia le busque un nuevo inquilino gratuitamente.

18) ¿Qué debo hacer para renovar una póliza de impago de alquiler?

Las pólizas de impago de alquiler son renovables automáticamente, y a menos que el tomador nos indique lo contrario llegado el vencimiento se renovará por otro año más.

19) ¿Cuánto cuesta este tipo de seguros?

Actualmente la gran mayoría de aseguradoras comercializan este tipo de seguros, por lo que hay una gran variedad de precios. El precio va a variar en función de la opción de indemnización escogida, ya que la compañía puede indemnizar con un límite de 6-9 o 12 mensualidades. En Plandeprotecciondealquiler.com, además de ofrecer al propietario las mejores coberturas disponemos de la tasa más reducida: desde el 2,9% de la renta anual del alquiler.

20) ¿Cuál es el plazo de tiempo desde que solicitamos un seguro de impago de alquiler y se finaliza todo?

Aquí existe tanta variedad como compañías. El sistema de trabajo de Plandeprotecciondealquiler se distingue por ser el más eficiente, desde que se nos manda la documentación económica del inquilino para el estudio de viabilidad hasta que se le manda la póliza al cliente puede transcurrir menos de ½ hora.

21) ¿Cómo cancelo un siniestro una vez el inquilino salda el impago?

Lo único que hay que hacer es notificar a la compañía el abono de las rentas adeudads por parte del inquilino para paralizar el procedimiento. Plandeprotecciondealquiler.com pone a disposición del asegurado un equipo especialista en la gestión de siniestros. Simplemente con notificarles el pago se procede a la paralización.

22) ¿Qué plazo tiene el propietario para comunicar un impago?

Nuestra recomendación es que el propietario notifique el siniestro lo antes posible. Lo normal es establecer un periodo de pago en el contrato de arrendamiento del 1 al 5 de cada mes, pues solemos recomendar la apertura del siniestro sobre el 20-25 del mes en curso.

23) ¿Se puede contratar una póliza a un contrato de alquiler activo?

Si, se puede asegurar un contrato que ha sido firmado con anterioridad. Habría que solicitar documentación actualizada de los inquilinos para hacer el estudio y si se aprobase solicitar al propietario un escrito certificando que los arrendatarios se encuentran al corriente de pago desde la fecha inicial del contrato hasta el día de emisión de la póliza.

24) ¿Cuánto tiempo se tarda en hacer un desahucio?

Es un tiempo variable en el que influyen numerosos factores. El juzgado, la diligencia del propietario en presentar la documentación que se solicite, fecha de presentación de demanda (agosto mes inhábil judicialmente) etc…

25) ¿Qué ocurre si cambian los inquilinos con un seguro de impago de alquiler activo?

Las pólizas de impago van ligadas a un inquilino, por lo que si se van unos inquilinos y entran otros, habría que anular la póliza anterior y emitir una nueva. Previa presentación del documento de rescisión de contrato la compañía extornará la parte de la prima no consumida.

26) Diferencia entre estudio de viabilidad y estudio de morosidad

El estudio de morosidad se realiza para averiguar si el inquilino tiene alguna deuda pendiente y para ello se puede llegar a consultar en diversos ficheros. El estudio de viabilidad suele incluir el estudio de morosidad más otras variantes a cumplir para poder realizar la póliza. Estas pueden ser: Antigüedad laboral, ratios de esfuerzos superiores a un determinado porcentaje, lo que significa que el inquilino no destine más de un X% de su salario al alquiler etc…

27) ¿Qué ocurre si el inquilino es insolvente?

Hay que tener cuidado con este punto, una vez recaiga sentencia favorable al propietario que condene al inquilino a abonar las rentas adeudadas se pueden dar 2 casos: 1. Que el inquilino sea solvente y deba abonar esa deuda o le embarguen y 2. Que el inquilino sea insolvente, en este caso hay que ver si la póliza indemniza, ya que hay compañía que no lo hacen. Plandeprotecciondealquiler indemniza al propietario independientemente de la insolvencia o no del inquilino.

28) ¿Están cubiertos los daños a la vivienda?

Los actos vandálicos (malintencionados) por parte del inquilino al continente y contenido de la vivienda suelen estar cubiertos en este tipo de pólizas. Lo que puede variar es el capital. Hasta 7.000€ incluye Plandeprotecciondealquiler.com en su cobertura, la más alta del mercado.

29) ¿Están cubiertos los impagos de suministro?

También es una cobertura que suele incluir este tipo de pólizas. En la mayoría de los casos su indemnización va ligada al hecho de que exista impago de rentas.