La oferta de viviendas de alquiler en España tuvo un aumento del 63% desde el mes de marzo. La falta de cierre de operaciones de alquiler debido al confinamiento supuso un aumento de stock que llegó a duplicar en algunas ciudades el número de ofertas disponibles en meses anteriores al confinamiento debido a la pandemia del covid-19 según anuncia un estudio realizado por Idealista. Uno de los motivos por los cuales la oferta se ha visto incrementada es por el paso del alquiler turístico a alquiler de larga temporada.
La comunidad que ha experimentado un aumento más significativo ha sido Madrid, con un incremento del 96,1% de los anuncios, seguido de Andalucía, con un 81,6%, la Comunidad Valenciana, con un 66,7%, Canarias, con un 62,4%, Baleares, con un 61,9% y Murcia, con un 59,5%.
Aunque de forma menos pronunciada, también se vio un aumento en el resto de las comunidades de la siguiente forma: Euskadi (33,9%), Galicia (27,5%), Castilla y León (27,2%), La Rioja (18,8%), Navarra (17,9%), Aragón (10,1%), Asturias (9,3%), Cantabria (8,4%), Extremadura (7,4%) y Castilla-La Mancha (5,8%).
Por ciudades, Sevilla, Málaga o Madrid, registran aumentos del 184,4%, 141,5% y 115,7%, respectivamente y Barcelona del 91,6%. Cuenca ha sido la capital española con un descenso más notable en esta oferta de vivienda para alquilar con un 50,9% y le siguen Badajoz, con un 22,3%, y Ciudad Real, con un 17,5%.
En los tiempos que corre, es muy importante cuando alquilas tu casa disponer de garantías adicionales para asegurarte el cobro de las mensualidades adeudadas por los inquilinos así como la recuperación de tu inmueble. Es por ello que una de las posibles soluciones es el contratar un seguro de impago para el alquiler.
Los seguros de impago para el alquiler tienen una serie de ventajas con respecto a otro tipo de garantías. Un ejemplo de ello es el aval, que cubre solo seis meses de impago. No obstante, el dueño de la vivienda quedaría desprotegido con respecto a los actos vandálicos, la asistencia jurídica y demás coberturas con las que sí cuenta un seguro por impago.
Es muy importante que tengas en cuenta algunas especificaciones con respecto a las cláusulas antes de firmar. Esto se debe a que las compañías no te adelantarán los pagos de una sentencia hasta que el dueño no interponga la correspondiente denuncia. En algunos casos, el adelanto de los pagos no se realizará hasta que no haya una sentencia favorable.
Lo anterior quiere decir que si tenemos un inquilino que deja de pagarnos y, tras reclamarle una determinada cantidad, acudimos a nuestro abogado para que inicie los trámites del desahucio, el propietario no obtendrá las rentas hasta que exista Sentencia de Deshaucio.
Por ello, los seguros de impago para el alquiler deben ir acompañados, cuando se vaya a seleccionar a un inquilino, de una serie de medidas de prevención. Lo mejor es dar con una buena empresa especializada en la protección de alquileres mediante la emisión de pólizas de seguros de alquiler.
Pero esto, como decimos, tiene una fácil solución. Desde la web www.plandeprotecciondealquiler.com, queremos ofrecerle información y protección para su alquiler, con un seguro de alquiler para la vivienda que lo protege frente a estas temidas incidencias. El propietario se encontrará en una situación de defensa total frente a posibles impagos, actos de violencia, gastos jurídicos o incluso frente a la necesidad de buscar nuevos inquilinos.