El precio del alquiler ha aumentado en los últimos años y uno de los elementos que se pueden incluir en sus variaciones es el IPC (Índice de Precios al Consumo). La subida del alquiler puede ir ligada a este índice en relación con la fecha en la que se haya firmado el contrato de arrendamiento, debiendo esta posibilidad estar reflejada en el contrato.
Cómo afecta el IPC a la subida del alquiler
Para llevar a cabo una subida de precios en los alquileres y actualizar las rentas, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) especifica que en los primeros cinco años se empleará el Índice de Precios al Consumidor.
Debes saber también que, según queda reflejado en ley, los contratos que se suscriben con los arrendatarios no tienen por qué ser renovados a principios de año, sino cuando se cumple un año tras la firma de los mismos. Además, la subida del precio del alquiler no puede llevarse a cabo hasta el mes siguiente a aquel en el que se realice el cálculo. Es decir, si se ha firmado un contrato en marzo, será en marzo del año siguiente cuando pueda revisarse y solo a partir de abril será viable aplicar la subida.
En qué casos se puede incrementar el precio de un alquiler
Como probablemente sepas, el IPC es un indicador que varía cada mes y, en consecuencia, cada año, si bien según la coyuntura económica a veces permanece estable durante un tiempo.
En la ley actual que regula los arrendamientos urbanos se especifica que el casero puede aumentar el precio del alquiler al arrendatario siempre y cuando se hubiera recogido esta posibilidad en el contrato, detallando los términos de la subida y notificando la misma a los inquilinos en el plazo adecuado.
Pero, como te decíamos, las normas que regulan la subida del alquiler en base al incremento del IPC han variado en los últimos años. La última modificación por Decreto ley afecta a los contratos firmados a partir del 6 de marzo de este año en curso. En ella se especifican las siguientes cuestiones:
– Puede darse una subida del alquiler con frecuencia anual.
– Si en el contrato no se contempla la posibilidad del aumento de la renta de alquiler, este no puede llevarse a cabo.
– Si en el contrato de alquiler no se detalla la forma de calcular el incremento, por defecto se calculará usando el Índice de Garantía de Competitividad.
– La subida del alquiler no podrá superar en ningún caso el Índice de Precios al Consumidor, tomando como referencia la actualización del mes vigente.
Todo ello se traduce en una forma de control de la subida de los alquileres, para que estos no sean abusivos con los inquilinos y sea posible modificarlos para los dueños. Con ello se pretende establecer un sistema lo más justo posible. Siendo así, hay que tener en cuenta que en un contrato de alquiler no debes aceptar ciertas cláusulas que entrañan irregularidades, como una subida de precio que no esté dentro de los supuestos de la ley.