Dado que los pisos donde vivimos no son demasiado grandes, cada vez es más común, para la celebración de fiestas familiares o con amigos, acudir al alquiler de locales para la celebración de eventos privados.
Para realizar este tipo de eventos, es importante que el local donde vamos a celebrar nuestra fiesta privada, cuente con los oportunos permisos y todas las licencias necesarias que establecen las ordenanzas municipales de cada ciudad.
Circunstancias a tener en cuenta en el alquiler de locales privados para fiestas
Primero: es práctica habitual en los últimos años, que algunos propietarios, ya sea por medio de agencias inmobiliarias o no, que tienen locales o bajos en desuso, situados en zonas con poca actividad comercial, hayan pensado en preparar sus inmuebles para el alquiler por horas o días.
Segundo: acondicionar el local en propiedad para la celebración de fiestas privadas, no requiere una inversión en personal que ejerza las funciones de atención al público.
Tercero: es una buena opción para muchos locales comerciales que no se encuentran en zonas demasiado transitadas, o que están apartados de los núcleos de actividad comercial, como son las calles habituales a las que acudimos porque hay tiendas de marcas conocidas, o cafeterías.
Cuarto: que seas tú como propietario el que te encargues de la organización del local, facilita mucho la obtención de inversión necesaria. Convirtiendo tu local en un negocio fácil y rentable para bajos en desuso.
Sin embargo, para poder realizar este tipo de actividad, es importante revisar las ordenanzas de cada Ayuntamiento, y que solicitemos los permisos necesarios para la realización de la actividad.
Quinto: contratar un seguro de alquiler de precio razonable, te permitirá tener la cobertura idónea para cubrir cualquier responsabilidad civil que pueda derivarse de una actuación negligente, o cualquier accidente que se produzca en el centro. Recibir el asesoramiento necesario en este aspecto es muy importante, ya que evita muchos problemas.
Sexto: el local tendrá que estar adaptado para la celebración de eventos, con las medidas de seguridad necesarias que establece la Ley de Espectáculos de cada Comunidad Autónoma, desarrollada por los respectivos reglamentos.
Aún así sabemos que todas estas leyes coinciden habitualmente, en la necesidad de insonorización, baños adaptados, seguridad contra incendios y otro tipo de medidas de seguridad, así como las oportunas licencias de apertura del establecimiento y mantenimiento de la actividad.
Séptimo: es importante tener en cuenta también, que si obtienes un beneficio económico, tendrás que pagar los correspondientes impuestos por actividades económicas en caso de que seas un empresario, y como rendimientos de capital en el IRPF si estás sujeto únicamente a este impuesto.
Te resultará imprescindible un buen asesoramiento para elaborar los contratos correspondientes de alquiler por horas o por días, y para conocer las formas de tributación que hay que abonar si fuese necesario.
En el momento que vivimos, buscamos poder celebrar nuestras fiestas en lugares privados, pero sin que nos generen demasiados gastos y las casas son demasiado pequeñas. También nos gusta decidir totalmente acerca de cómo gestionar nuestra fiesta privada, en decoración y servicios. Si cuentas con un bajo comercial, es una opción estupenda para obtener unos rendimientos anuales.