Cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) española implica, a día de hoy, ajustarse a los preceptos del Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD). Dadas las mayores garantías que esta nueva normativa comunitaria implanta, adaptarse a ella conlleva el cumplimiento de la LOPD.
Ten en cuenta, por otro lado, que la aplicación de las obligaciones contenidas en el RGPD ha de ser plena en España desde el 25 de mayo de 2018. En este aspecto, si te has preguntado por la necesidad de que una empresa inmobiliaria se ajuste a las directrices de este reglamento comunitario, la respuesta es afirmativa.
A continuación, te explicamos cómo tienen que, en este sentido, ponerse al día las agencias inmobiliarias.
¿En qué consiste la adaptación al RGPD del sector inmobiliario?
Como el resto de empresas, las inmobiliarias deben aplicar el RGPD en su día a día. A grandes rasgos, estas organizaciones manejan datos personales, básicamente los de terceras personas que permiten sus identificaciones.
Por consiguiente, para evitar sanciones que oscilarán entre 300 y 600.000 euros, las inmobiliarias tienen que ser meticulosas en la aplicación del RGPD en sus actividades de recogida de datos personales. Como imaginarás, no tienen la misma naturaleza las adaptaciones que han de realizar las inmobiliarias que lo dejan todo para última hora que las que llevarán a cabo las que, desde su creación, han sido sensibles a la protección de datos personales y la transformación digital.
Resulta aconsejable que las inmobiliarias externalicen el servicio de la adaptación al RGPD mediante la delegación de este trabajo a una consultoría de protección de datos, que está especializada en este asunto.
Las claves concretas de la aplicación del RGPD en una agencia inmobiliaria
Las inmobiliarias tienen que implantar el RGPD de una forma particular, puesto que manejan datos diferentes a los de otras empresas y organizaciones. Ten en cuenta que, en ocasiones, realizan, por fines laborales y comerciales, perfiles de sus clientes reales y potenciales basados en los datos que recogen de ellos.
En estos casos, has de saber que los datos que recopilan, como los nombres y las direcciones, son los que el RGPD considera de nivel de protección medio. No olvides que tienes que notificar a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), la máxima autoridad de certificación de datos personales de nuestro país, la existencia de los ficheros de datos personales que trates. Esto va a ser sencillo y lo vas a poder hacer de manera digital e intuitiva gracias al programa NOTA.
Por otra parte, la información que recojas tendrá que recibir un consentimiento explícito, por lo que no te valdrán las fórmulas tácitas tan habituales en otros tiempos. Y no valdrá un consentimiento explícito general para todos los tratamientos, sino que habrá que solicitar uno para cada fin. Además, deberás actualizar la web e informar (con un plugin, por ejemplo) de la política de cookies. Lo mismo te comentamos respecto a los avisos legales, las condiciones de uso y las políticas de privacidad.
En definitiva, ponte en manos de profesionales que se encarguen de que el cumplimiento del RGPD de tu inmobiliaria sea estricto.