En los tiempos que corre, es muy importante cuando alquilas tu casa disponer de garantías adicionales para asegurarte el cobro de las mensualidades adeudadas por los inquilinos así como la recuperación de tu inmueble. En este post, te contaremos algunas historias para resaltar la importancia del mismo.
- Un asegurado, era el dueño de un inmueble en la zona de situado en una localidad de la Comunidad de Madrid. Dicho asegurado cursó un parte porque los arrendatarios que ocupaban su inmueble ya llevaban dos meses sin pagar la renta y estaba dispuesto a interponer una demanda de desahucio. El asegurado aportó el contrato de arrendamiento firmado por las partes, así como las mensualidades adeudadas. A finales de año, los arrendatarios adeudaban ya 2.200€. La primera acción, fue la notificación por parte de la compañía a los inquilinos de la deuda contraída con el arrendador, al fin que se pusieran al corriente de las obligaciones que tenia contraídas en el contrato de arrendamiento. Tras no resultar efectiva la gestión amistosa, el siguiente paso fue la interposición por parte de los abogados de la compañía de la demanda de desahucio e impago de renta. Una vez aceptada, al propietario le fueron adelantadas las rentas impagadas y consiguió recuperar las llaves de su inmueble.
- Otro caso, resulta que un inquilino, le adeudaba el pago de las dos ultimas mensualidades al propietario y el arrendatario, se quería marchar a otro lugar, gracias a la reclamación efectuada, recobro todas las deudas que tenia el inquilino.
- Prácticamente todos los propietarios, asocian el Seguro de Alquiler sólo en la cobertura de impago de alquileres y adicionalmente en la cobertura de gastos jurídicos de desahucio, pero la cobertura jurídica del Seguro de Alquiler es mucho más amplia ya que cubre cualquier asunto en donde el propietario tenga que reclamar o defenderse jurídicamente. Para explicarlo, contaremos un par de casos que nos han pasado, «hablaremos del pecado nunca del pecador», resulta que un propietario alquila su piso a un tercero y que este utiliza el piso para usarlo como prostíbulo, generando las consecuentes molestias a la comunidad y recibiendo el propietario quejas al respecto, pues si la actividad que se desarrolla en dicha vivienda es diferente a la pactada y así se consigue demostrar también entraría en juego la cobertura, defendiendo los intereses de nuestro propietario. O imaginemos que están expresamente prohibido los animales de compañía y el inquilino decide meter 3 en el piso, ya que es amante de estos animales y dicho sea de paso no respeta el pacto con el dueño que no quería alquilar el piso a inquilinos con mascota y que estaba reflejado en el contrato de arrendaiento, pues igualmente podría reclamar este aspecto y solicitar la rescisión judicial del contrato por incumplimiento de las condiciones acordadas.
Por estas y más historias, es recomendable al 100%, si vas a alquilar tu vivienda, el tener garantía extras para protegerte antes estas posibles situaciones como el seguro de impago de alquiler, es un seguro que garantiza una serie de aspectos para la tranquilidad del propietario.