Prorrogado el Decreto Anticrisis: Tope de los alquileres hasta el 31 de diciembre

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado un nuevo paquete de medidas hasta el 31 de diciembre para hacer frente al alza de la inflación derivada de la guerra en Ucrania que ayudarán a contener el Indice de Precios de Consumo hasta final de año en 3,5 puntos.

Prórroga de las medidas aprobadas el pasado 29 de marzo

Con el objetivo de reforzar la protección a grupos más vulnerables se prorrogan las siguientes medidas hasta el próximo 31 de diciembre:

  • Se mantienen las ayudas del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • La prohibición de suspender el suministro de energía.
  • El tope a la subida de alquileres. El Gobierno prohíbe por decreto actualizar el alquiler por encima del 2% hasta el próximo 31 de diciembre. Es decir, ha desvinculado del IPC la renovación anual de los contratos del alquiler. La normativa establece una distinción entre grandes tenedores, que tendrán que aplicar como máximo una subida de las rentas del 2%, y los pequeños propietarios, que sí podrán renegociar con sus inquilinos subidas por encima de ese porcentaje. No obstante, en caso de no llegar a un acuerdo, el arrendador aplicará ese 2% de incremento en la renta del alquiler.
  • El aumento de costes energéticos no pueda suponer causa de despido en empresas que dependan de la Administración.

Este Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio se ha publicado de forma extraordinaria en el Boletín Oficial de Estado el pasado domingo 26 de junio. En materia de alquiler de vivienda, el decreto aclara que, “teniendo en cuenta la evolución reciente del Índice de Precios al Consumo, es preciso extender la aplicación de las medidas de limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, con objeto de evitar en un mismo contrato un excesivo impacto en las personas y hogares arrendatarios de vivienda de la evolución de una referencia cuya variación está obedeciendo a elementos del contexto nacional e internacional que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda”.

Y continúa con “en consecuencia, se considera necesario prolongar hasta el 31 de diciembre de 2022 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda,  de forma que, en defecto de acuerdo entre las partes, no pueda superar la actualización de la renta el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, que ofrece una evolución sujeta a una mayor estabilidad, en el contexto actual.

Y es que desde el estallido de la Guerra en Ucrania, el IPC se ha disparado por encima del 7%. El último dato oficial de la inflación conocido antes del primer decreto de medidas del pasado marzo era del 7,6%, con cifras de febrero. Actualmente, este nuevo decreto que amplía las medidas hasta el 31 de diciembre ha tenido como referencia el último dato del IPC de abril, que alcanzó una tasa del 8,3%.

Ello justifica la extraordinaria y urgente necesidad de adoptar medidas para evitar un desproporcionado incremento en la renta de estos contratos, al introducir el referido índice determinados factores que responden a la situación internacional y que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda”, aclara el BOE.

 



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