Transformación de local en vivienda

Requisitos para transformar mi local en vivienda

Debido a la crisis, en los últimos años ha aumentado el número de solicitudes de cambio de uso de local comercial a vivienda. Y es que los propietarios de los locales veían que éstos no tenían salidas para negocios, por lo que empezaron a plantearse otros usos. Los requisitos para pasar de local a vivienda, difieren en función de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos. Concretamente, es la Normativa Urbanística del Ayuntamiento la que establece la posibilidad o no de hacer este cambio. En principio, un local no está concebido para uso residencial; no obstante, tras la sentencia de 2013 del Tribunal Supremo, cualquier propietario tiene derecho a utilizarlo como considere salvo que el cambio esté prohibido o limitado por el Régimen de Propiedad Horizontal. De esta forma, pidiendo un cambio de uso en el Ayuntamiento se puede legalizar esta práctica cada vez más habitual.

Cambio en el uso

Lo principal para poder pedir un cambio en el uso es certificar que no se altera la estructura del edificio ni se comprometen sus elementos comunes. Asimismo, y de forma complementaria, no olvides que necesitarás el permiso de la comunidad de propietarios para poder llevar a cabo la modificación. Aunque no en todas las Comunidades Autónomas es obligatorio, es preferible tenerlo ya que se está añadiendo una vivienda al edificio.

Administrativamente, el proceso comienza con una solicitud en el Ayuntamiento. Para que se nos conceda la licencia, es necesario aportar un proyecto de cambio de uso firmado por el arquitecto. Él será quien analice y disponga la viabilidad de la propuesta tanto en el aspecto económico como en el constructivo.

Una vez la Administración aprueba y concede el permiso, y tras haber conseguido la licencia de primera ocupación, es necesario acudir a un notario. Allí se redactará la escritura de cambio de uso que debemos entregar en el Registro de la Propiedad para formalizar y cerrar el trámite.

Cédula de habitabilidad

Para todo este proceso del cambio de uso es necesaria la cédula de habitabilidad de primera ocupación al considerarse un domicilio nuevo. Este documento certifica que se cumplen los requisitos mínimos que debe tener un espacio para poder ser habitado. Además, es necesario para dar de alta servicios como la luz, el agua o el gas.

Cada Comunidad Autónoma es la que lo legaliza, caducando su vigencia cada 15 años. Quedan recogidos aspectos como la superficie útil mínima, el equipamiento básico de la vivienda, las medidas de las puertas, la normativa contra incendios, etc.

Para formalizar el procedimiento y conseguir la cédula de habitabilidad debemos aportar al Ayuntamiento el certificado final de obra (en los casos en los que haya sido necesario) y la declaración de cambio de uso que hemos depositado en el catastro. Además, siendo una obra nueva, la vivienda debe cumplir lo establecido en el Código Técnico de la Edificación y la normativa urbanística del Ayuntamiento competente.

La cédula de habitabilidad es básica para alquilar un inmueble, hacen referencia al cumplimiento de la altura mínima de los techos, la ventilación e iluminación de las estancias interiores (sala de estar-comedor, dormitorios, etc…) o, en el caso de locales a pie de calle, la longitud de la fachada, tanto la que da a la calle como la que da al interior de manzana como de los patios interiores del propio edificio. Antes de firmar cualquier contrato, se recomienda que el arrendatario compruebe su existencia y adecuación a la normativa vigente.

En definitiva, además de estos procedimientos es vital tener en cuenta los específicos de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos. Aunque no haya cambios significativos entre unas y otras, es conveniente conocer las particularidades para poder hacer correctamente el cambio de local a vivienda.



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