Una pequeña rotura o el deterioro de algunos elementos puede suponer una discusión entre propietario e inquilino en una vivienda de alquiler. Es habitual no tener muy claro quién debe hacerse cargo de esa reparación o renovación del elemento estropeado.
¿QUÉ DEBE PAGAR EL PROPIETARIO?
La L.A.U (Ley de arrendamientos urbanos) recoge que el propietario de la vivienda arrendada esta obligado a realizar aquellos arreglos que sean necesarios para conservar la vivienda en «condiciones de habitabilidad». Esto obliga al dueño del inmueble a arreglar todo aquello que tenga que ver con los elementos estructurales y esenciales de la casa. Esta imposición obliga al dueño de la casa a arreglar (siendo avisado por el inquilino lo antes posible):
- Mantener y conservar el techo, paredes y suelo.
- Reparar o renovar cualquier elemento de las instalaciones de conducción de agua y desagüe.
- Reparar y sustituir cualquier electrodoméstico averiado si no se trata de averías menores.
- Sustituir o reparar el termo en caso de avería.
- Solucionar problemas relacionados con la instalación eléctrica, tuberías y calefacción.
- Acabar con plagas producidas por el mal funcionamiento de las instalaciones.
¿QUÉ DEBE PAGAR EL INQUILINO?
Evidentemente durante el transcurso de la vida en un inmueble existen cosas que se deterioran y cosas que se rompen y que son responsabilidad del arrendatario. Un inquilino contrae obligaciones a partir del contrato de alquiler y entre las reparaciones se encuentran:
- Pagar facturas de aquellos bienes que se pueden medir a través de contadores individuales: agua, luz, gas…
- Desperfectos ocasionados por el mal uso.
- Cambiar o reparar lámparas, persianas, bombillas, agujeros realizados en las paredes…
- Arreglar problemas electricos producidos por sobrecarga debido a la conexión de más aparatos de los que la instalación puede soportar.
Si existe una URGENCIA y el inquilino sufre una avería grave cuya reparación no puede esperar lo más mínimo, este podrá realizar dichos arreglos y después exigir al propietario el reembolso del coste.
Realizar obras por iniciativa del inquilino es posible. los arreglos deben buscar la mejora y conservación de la vivienda y tener el consentimiento explícito del dueño de la vivienda.
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