¿Cuáles son los derechos de los inquilinos de renta antigua?

¿Alguna vez te has preguntado cuáles son los derechos de los inquilinos de renta antigua? Este tipo de arrendamiento terminó en 1985 y trató de hacerse desaparecer mediante la Ley 29/1994 (LAU). Sin embargo, si eres inquilino de renta antigua todavía podrás disfrutar de alguno de tus derechos.

Efectos de la renta antigua

El principal efecto de un arrendamiento de renta antigua es que la renta que pagaban en 1985 quedó congelada. Se permite, eso sí, la actualización conforme al IPC. En segundo lugar, los contratos de renta antigua son indefinidamente prorrogables. De hecho, los sucesores del arrendatario pueden heredar este tipo de alquiler.

Otros efectos de este tipo de alquileres

Los alquileres de renta antigua tenían una duración máxima (prorrogable) de 20 años. Sin embargo, se permitía al arrendatario actualizar las rentas, a cambio de incrementar este plazo de 5 años. Durante este período se limitan las cantidades que el arrendador puede repercutir en el arrendatario en concepto de reparaciones.

Además, finalizado el contrato, el antiguo arrendatario tiene derecho a ser informado cuando el propietario vaya a vender o alquilar el inmueble, gozando del derecho de tanteo (compra y alquiler preferentes).

¿Por qué existen estos derechos de inquilinos de renta antigua?

En el momento de promulgarse la ley de arrendamientos urbanos de 1964, el objetivo fue proteger a los arrendatarios. Debes saber que esta norma se dictó en un momento de crisis. Muchos españoles vivían de alquiler, sin disponer de grandes rentas.

Por ello, se decidió buscar una forma de facilitar el acceso al alquiler, ya que la propiedad quedaba fuera de las posibilidades del ciudadano común.

¿Qué pasará ahora con la renta antigua?

Como decimos, la ley de 1994 trata de eliminar este tipo de arrendamientos. De modo que rompió con la posibilidad de heredar un arrendamiento de este tipo cuando el arrendatario fuera una persona física. Eso sí, el cónyuge supérstite queda a salvo en caso de que el arrendatario fallezca, siempre que no haya habido dos subrogaciones previas.

Sin embargo, si eres el descendiente de éstos debes saber que no podrás heredar la renta antigua. De modo que esta modalidad de arrendamiento está destinada a desaparecer. Por supuesto, si tu posición es la de propietario, es muy probable que estés deseando que termine esta situación.

Cómo puede terminar anticipadamente la renta antigua

Como se ha dicho, el alquiler de renta antigua finaliza cuando el inquilino muere sin poder subrogarlo su cónyuge superviviente. También, en el caso de locales comerciales, cuando este se jubile.

Además, como arrendador puedes rescindir el contrato si se da alguno de los siguientes supuestos:

  • Que necesites el inmueble para ti o tus ascendientes o descendientes.
  • Que proyectes derribar la finca.
  • Que tu inquilino tenga varias viviendas en la misma localidad, no siéndole indispensable.
  • Que tu inquilino haya tenido vacía una vivienda apta para vivir en los últimos seis meses.

De modo que la LAU te protege de los abusos de los derechos de tus inquilinos de renta antigua, para que puedas recuperar tu inmueble.



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