El precio del alquiler es una patata caliente que diferentes gobiernos de europeos y Nueva York, por citar las principales ciudades, intentan regular con mayor o menor fortuna. ¿Cómo lo hacen? Aquí te lo contamos.
Esta viene a ser la opción que más fuertemente está impactando. La experiencia de estas empresas en el sector inmobiliario las constituye en gestoras idóneas para incumplimientos contractuales. Además te ayudarán a redactar un buen contrato y a gestionar impagos y, en su caso, lanzamientos.
Sea como fuere, el incremento de alquiler es una oportunidad para los propietarios de bienes inmuebles. Y aunque nadie debería ser insolidario con la situación actual, tampoco deberías perder dinero alquilando por debajo del precio de mercado. De modo que deberías ser precavido y cubrirte las espaldas ante el crecimiento de la morosidad
opeos y Nueva York, por citar las principales ciudades, intentan regular con mayor o menor fortuna. ¿Cómo lo hacen? Aquí te lo contamos.
En las últimas semanas se han ido aprobado leyes que regulan el precio del alquiler en Portugal, New York y Berlín. El Gobierno de España no lo hizo en su última reforma estatal, pero sí prometió la creación de un índice estatal de referencia del precio del alquiler de vivienda.
En España
La reciente reforma del alquiler convalidada por la Diputación Permanente del Congreso, tras la ultima modificación en la LAU, el Gobierno, prometió la creación de un índice estatal de referencia del precio del alquiler de vivienda.
El Decreto-Ley que daba forma a la reforma fue aprobado el 1 de marzo en Consejo de Ministros y entró en vigor el 6 de marzo. Este Real Decreto Ley establece la duración mínima de un alquiler en 5 años, (para el caso de empresa, este periodo de tiempo se incrementa a 7 años la duración mínima de un alquiler),acota la garantía adicional a la fianza a 2 meses de alquiler y no limita los precios, se hizo esto para con motivo de acabar con los abusos que, en muchas ocasiones se producían con las fianzas, conviene recordar que devolver la fianza a los arrendados es un derecho de los inquilinos que pueden reclamar
Una medida para limitar el constate auge en el precio de alquiler y así limitarlo es recuperar al Índice de Precios de Consumo (IPC) como regulador de las subidas anuales del alquiler durante la vigencia del contrato.
La Ley de Fomento del Alquiler de 2013 dio libertad al casero para establecer las subidas que quisiera. Ahora este Real Decreto vuelve a lo que había antes de esa ley: las subidas anuales del alquiler durante la vigencia del contrato se deben ajustar a lo que marque el IPC.
Las medidas adoptadas en los principales países europeos y Nueva York, podrían ser:
-Limitación al precio máximo de alquiler. El importe aún no está claro, pero los alquileres que superen este límite tendrán que ser reducidos en el momento de la solicitud.
-Creación de ayudas, para facilitar el acceso a la vivienda a familias con ingresos reducidos que no consiguen piso en alquiler.
– Regulación concreta para los propietarios en dificultades económicas.
– Limitación al precio máximo de alquiler.
Por ello si va a alquilar su vivienda, ante las limitaciones que hemos hablado anteriormente la opción que más fuertemente está impactando. La experiencia de estas empresas en el sector inmobiliario las constituye en gestoras idóneas para incumplimientos contractuales. Además te ayudarán a redactar un buen contrato y a gestionar impagos y, en su caso, lanzamientos.
Sea como fuere, ante el masivo incremento de alquiler es una oportunidad para los propietarios de bienes inmuebles. Y aunque nadie debería ser insolidario con la situación actual, tampoco deberías perder dinero alquilando por debajo del precio de mercado. De modo que deberías ser precavido y cubrirte las espaldas ante el crecimiento de la morosidad