Modelo de contrato de arrendamiento.

Contrato de alquiler entre particulares

Consejos para el casero

Las garantías adicionales a la fianza que se pueden pedir según la firma del contrato de alquiler

El pasado 6 de marzo entró en vigor el real decreto ley del alquiler, convirtiéndose en el sexto régimen jurídico aplicable a los arrendamientos de viviendas. Esta nueva normativa establece una limitación a dos meses de renta las garantías adicionales a la fianza (un mes), salvo que se trate de contrato de larga duración. Por tanto, el periodo máximo de garantía podrá ser de tres meses.

Las garantías adicionales que se pueden pedir al inquilino tras la reforma del alquiler

Uno de los aspectos más controvertidos de los cambios en el alquiler es el relativo a los límites a las garantías adicionales a la fianza. La prestación de un mes de fianza en metálico es obligatoria para el inquilino a la celebración del contrato de arrendamiento. Pero es posible, además, pedir al arrendatario que tenga un fiador solidario o avalista. es recomendable al limitarse estas medidas el contratar garantías adicionales, una de ellas seria el Seguro de Impago de Alquiler, que garantiza una serie de aspectos para la tranquilidad del propietario. En el caso de los alquileres, existe lo que se llama el seguro de impago de alquiler, que protege al dueño de la vivienda que quieres alquilar, por si se diera el caso de que no puedas hacer frente a los pagos mensuales de tu alquiler, así como defender al arrendador de los problemas que se pueden dar durante la vigencia en el contrato de arrendamiento.

Nuestra recomendación es que realices todos los trámites a través de una Agencia Inmobiliaria. Puede que te salga un poquito más caro, ya que ellos cobrarán por la prestación de sus servicios, pero también tendrás las garantías de que todos los trámites se hacen de acuerdo con la legalidad vigente y te protegerá de caseros despreocupados que no cumplan con sus obligaciones como propietarios, que también los hay. La comisión de una agencia no es fija y depende de cada caso.

¿Cuáles son las sanciones por no declarar el alquiler de una vivienda?

Los pisos alquilados históricamente han generado una gran economía sumergida. Ahora Hacienda ha iniciado una campaña para ‘cazar’ a los que alquilan en negro. Si te pilla, la Agencia Tributaria te enviará una propuesta de liquidación, más conocida como ‘paralela’. Además, podrá imponer una sanción de entre el 50% y el 150% de lo que no se ha declarado.



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