Las comunidades autónomas que quieran aprovechar las bonificaciones fiscales más jugosas para los arrendadores deberán aceptar también las regulaciones de precios. El anteproyecto de la futura ley de vivienda, establece un doble mecanismo para favorecer las bajadas de precios de alquiler en las denominadas zonas de mercado tensionado. Pero como han destacado fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, uno de los proponentes de la ley, ese doble mecanismo es obligatorio y las Administraciones autonómicas no podrán acogerse solo a uno de ellos, con la excepción de Navarra y el País Vasco. “Una comunidad no puede decir que quiere que se le apliquen las medidas fiscales y no lo demás”, han zanjado las citadas fuentes en una presentación del anteproyecto a la prensa.
El borrador de la norma es el resultado de meses de tensas negociaciones en el Gobierno de coalición. El PSOE apostaba por incentivar la bajada de alquileres con ventajas fiscales y Unidas Podemos prefería establecer controles de rentas. Finalmente se contempla una mezcla de ambas soluciones. En las zonas tensionadas se congelan los precios, e incluso se bajan en el caso de nuevos contratos a cargo de grandes compañías de arrendamiento, pero también se arbitran una serie de poderosos incentivos tributarios para que los caseros particulares bajen voluntariamente el importe de las rentas. Pero como la competencia en vivienda es exclusiva de las comunidades autónomas, son estas las que deben iniciar el procedimiento para declarar estas áreas.
En todos los demás casos y a partir de la entrada en vigor de la ley, que todavía debe pasar por un largo trámite parlamentario en el que sufrirá enmiendas, la bonificación fiscal será del 50%. Esto significa que para la inmensa mayoría de caseros españoles se va a reducir el incentivo por alquilar, ya que actualmente es del 60%. La norma prevé, además, que en las zonas tensionadas los caseros que no respeten las reglas (congelar precios y solo subirlos de acuerdo al IPC, con posibilidad de subir hasta un 10% adicional en algunos supuestos), se pierda todo el beneficio fiscal. Eso sin perjuicio de otras sanciones que las comunidades, en el ámbito de sus competencias, podrían implementar.
Todo lo señalado anteriormente no se aplicará lógicamente ni en Navarra ni en el País Vasco por no formar parte del régimen común. En ambas comunidades, señalan las fuentes del Ministerio, será posible declarar áreas tensionadas para acogerse a las medidas de control de precios, que se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos y son de aplicación en toda España. Sin embargo, como los incentivos fiscales se regulan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los territorios forales podrán articular sus propias propuestas tributarias y “siempre podrán aplicar medidas fiscales similares con su regulación si lo consideran”, indican en el Ministerio.
De hecho, fuentes del Departamento de Vivienda del País Vasco señalan que esa comunidad ya ha llevado una propuesta a su órgano de coordinación tributaria para incentivar el abaratamiento de los alquileres. Ahora está en estudio por las Diputaciones Forales, que son las competentes en la materia.