Encontrar un piso de alquiler no siempre es fácil y no es de extrañar. Las inmobiliarias disponen de una oferta reducida, que a veces ni siquiera responde a las necesidades de los inquilinos. Por su parte, a los propietarios les cuesta mucho dar el paso de poner su piso en alquiler. Algunos ya han tenido experiencias previas de impagos: arrendatarios que han desaparecido sin abonar la renta, desperfectos en el piso o el mobiliario de los que no quieren hacerse cargo, etc. Y los que no, seguramente conocen historias de okupas, rentas que no se han actualizado desde hace décadas y otras parecidas. Resultado: pisos vacíos por doquier mientras miles de personas buscan una vivienda de alquiler sin éxito.
Para poner remedio a este problema, por todo el país han surgido iniciativas que promueven el alquiler seguro. Muchas parten de organismos públicos, como ayuntamientos o consejerías autonómicas de la vivienda. Pero también hay un buen número de propuestas privadas. Las más destacadas son los seguros, entre los que cabe destacar los seguros de hogar para viviendas alquiladas y los seguros de impago de alquiler. El objetivo de estos seguros es proteger al arrendador y al arrendatario ante los conflictos más habituales que suelen surgir entre ellos. En esta ocasión, nos vamos a centrar en los casos en que el inquilino desea rescindir el contrato de alquiler antes de que este llegue a su término.