El Gobierno, prorroga el limite de alquiler durante 2023

El Gobierno de Pedro Sánchez ha acordado con EH Bildu prorrogar el límite del 2% para la actualización de las rentas del alquiler hasta el 31 de diciembre de 2023. La decisión blinda a los inquilinos ante la subida de la inflación al menos durante un año más.

El límite para las actualizaciones de renta de alquiler funciona desde finales del pasado marzo, cuando se aprobó el primer paquete de medidas especiales por la crisis bélica y sus consecuencias económicas. Esta regla estaba vigente hasta el próximo 31 de diciembre, pero uno de los socios del Gobierno de coalición, Unidas Podemos, ya dijo que pediría su prolongación si llegado el momento se mantenían las circunstancias que motivaron la decisión.

Esas circunstancias, básicamente, se resumen en una: la alta inflación. En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual en España, se permite la posibilidad de actualizar la renta una vez al año. La manera más común de hacerlo es mediante el Índice de Precios al Consumo (IPC). Esto hizo, al crecer los precios con fuerza, que muchos inquilinos se vieran expuestos a subidas equivalentes en sus rentas de alquiler. Para evitarlo, el Ejecutivo vinculó temporalmente esas subidas al Índice de Garantía de Competitividad, un indicador que impulsó el Gobierno de Mariano Rajoy y que tiene la peculiaridad de que solo se aplica en un rango de entre el 0% y el 2%. Esto, de facto, significa que desde abril la actualización de rentas de alquiler no puede superar el 2%, aunque con algunas peculiaridades.

El techo del 2% es obligatorio en todos los contratos de arrendamiento suscritos por un gran tenedor de vivienda (simplificadamente, propietarios con más de 10 casas). En el caso de los pequeños arrendadores, se permite negociar una subida superior, pero si el inquilino no está de acuerdo, entonces se aplica el 2%. Además, hay que tener en cuenta que la actualización no es obligatoria: si el propietario no lo pide, o si no se ha establecido un mecanismo de revisión en el contrato, la renta puede ser la misma durante toda la vigencia del alquiler, que legalmente en España tiene una duración mínima de cinco años si el propietario de la vivienda es un particular y de siete años si es una empresa.

Nuevos contratos

Estas reglas son válidas para todos los alquileres vigentes en España, pero no suponen un tope para nuevos contratos, cuya renta se sigue pactando libremente entre arrendador y arrendatario. Para este tipo de situaciones, en el Parlamento se encuentra actualmente en fase de tramitación la futura ley de vivienda, que sí contempla poner máximos a los alquileres en algunos supuestos acotados (dependerá, según el borrador conocido hasta ahora, de la declaración de zonas tensionadas de precios y las medidas variarán en función del tipo de propietario de la vivienda). Esa norma se encuentra bloqueada por discrepancias entre el PSOE y sus socios parlamentarios en varios puntos, pero la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha dicho en reiteradas ocasiones que su intención es aprobarla antes de acabar el año.

Fuente ABC



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