Este año será más difícil deducir el alquiler en la declaración de la renta, ya que la reforma fiscal eliminó esta deducción y solo los que firmaron el contrato antes del 1 de Enero de 2015 podrán hacerlo. Aunque no solo los inquilinos se verán afectados, también los propietarios.
Los inquilinos pueden aplicarse las deducciones por el alquiler de vivienda habitual siempre y cuando:
- El contrato de arrendamiento debió ser firmado antes del 1 de Enero de 2015.
- El inquilino debe haber tenido derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual, en relación con las cantidades satisfechas por el arrendamiento de su vivienda, en un periodo impositivo devengado con anterioridad al 1 de Enero de 2015.
- El arrendatario debe tener una base imponible inferior a 24.107,20€ euros anuales.