En el post de hoy, hablaremos de la limitación en el precio de alquiler, que puede suponer la inflación. El pasado mes de octubre, cuando el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana presentó el entonces anteproyecto de Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda, el fantasma de la inflación seguía en la sombra. Sin embargo, pasaron los meses y el IPC avanzó un 3,1% medio anual en 2021, una cifra que amenaza con cerrar en 2022 entre el 6% y el 7% anual, según prevén los principales analistas. Esta escalada sin precedentes recientes de la inflación, tal y como temen en el Gobierno, es la que podría dejar sin efectos una de las medidas estrella de la futura ley de vivienda: la limitación de los precios del alquiler.
De entrada, para regular las rentas en las zonas más caras –las conocidas como zonas tensionadas– tienen que cumplirse dos requisitos de forma simultánea. Por un lado, la carga media del coste de la vivienda más los suministros básicos deben superar el 30% de los ingresos medios de los hogares de la zona. Por otro, el precio de la vivienda en los cinco años previos a la declaración como zona caliente debe haber experimentado un porcentaje de crecimiento acumulado al menos cinco puntos porcentuales superior al porcentaje de crecimiento acumulado del IPC autonómico.
En el hipotético caso de que la normativa se aplicase ahora, apuntan desde Transportes, la mayor parte de las áreas calientes sí podrían declararse como tensionadas en función de este requisito. La razón es que el acumulado de los últimos cinco años del IPC, tomando desde marzo de 2017 hasta marzo de 2022, se sitúa en el 14,1%. En paralelo, la variación acumulada de los precios de los últimos cinco años en Baleares se sitúa en el 29,2%, en el 25,8% en Málaga, en el 24,4% en Valencia y en el 22,3% en Barcelona. Otras dos zonas tensionadas, Madrid y Las Palmas (en el 20%), también cumplirían por la mínima el requisito.
El problema, reconocen en el Ejecutivo, es que la normativa tardará en aplicarse. Aunque la ley debería aprobarse en el Congreso en el tercer trimestre de este año para cumplir con el calendario enviado a la Comisión Europea, el ministerio dispone de un plazo de hasta 18 meses adicionales desde entonces para desarrollar el índice que permita declarar zonas tensionadas.
Es decir, si los precios del alquiler bajan o se mantienen planos y en la ecuación entran los nuevos datos de inflación de lo que resta de 2022 y del año 2023 (cuando se prevé que ronde el 2%), el diferencial de cinco puntos con el IPC autonómico podría resultar insuficiente.
El Gobierno defiende los dos requisitos
En el trámite parlamentario de la normativa, y para evitar que la inflación pueda poner en riesgo la regulación de los precios de las rentas, varios socios habituales del Gobierno proponen enmiendas para relajar los requisitos a la hora de que los gobiernos autonómicos declaren una zona como tensionada. Optan por que sea necesario solo uno de los dos (en vez de ambos de forma simultánea), o por rebajar el diferencial de cinco puntos con el IPC.