Invertir en inmuebles, una buena opción

El mercado inmobiliario está en alza, los precios de la vivienda empiezan a subir y según los expertos del sector, es buen momento para invertir en la compra de un inmueble, tanto si hablamos de vivienda habitual como si va a ser destinada a alquiler.

Según el INE, la tasa de variación anual del Índice de Precios de la Vivienda se situó en el 4,0 % en el tercer trimestre de 2016. Por ello, cada vez más, las personas con cierto poder adquisitivo, se decantan por invertir en inmuebles, y más si tenemos en cuenta los tipos de interés tan bajos que ofrecen los bancos en la actualidad. Pero antes de lanzarte a comprar debes hacer un amplio estudio y tener en cuenta varios aspectos.

Si estás pensando en comprar un inmueble en la Comunidad de Madrid como inversión, lo primero será estudiar y evaluar distintas zonas y sus perspectivas de crecimiento. En este caso, comprar en zonas más céntricas y concurridas es una buena opción. Aunque el desembolso será ligeramente superior en comparación a otras ubicaciones, la rentabilidad a largo plazo será también más alta y las posibilidades de tenerlo más tiempo alquilado también aumentarán considerablemente.

La vivienda como inversión en las grandes capitales.

                   Las claves para tener un alquiler seguro en la Comunidad de Madrid

Otra cosa a tener en cuenta es la antigüedad de la vivienda, pues alquilar una casa de segunda mano puede acarrear más problemas que una propiedad nueva, a no ser que esté reformada y tenga las instalaciones de luz y fontanería reformadas recientemente. No es muy cómodo tener que ir corriendo cada vez que surge una avería que requiera una solución inmediata.

Modalidades más frecuentes de alquiler

  • Alquiler social: está subvencionado y suele concederse a personas con pocos recursos y un bajo poder adquisitivo (familias numerosas, personas en riesgo de exclusión social, mayores de 65 años…).
  • Subarriendo: permite al arrendatario, a su vez, alquilar una parte de la vivienda. Para que sea legal, debe contar con la conformidad del propietario y constar en el contrato como una cláusula más.
  • Alquiler con opción a compra: esta modalidad se ha extendido mucho en los últimos años y tiene la ventaja de no tener que dar una entrada y, pasado cierto tiempo, si el arrendatario decide comprar la vivienda, se descontará un porcentaje de lo que haya abonado como alquiler hasta ese momento. En este caso, no es obligado que conste en el contrato, aunque sí recomendable.
  • Alquiler vacacional: suele tratarse de apartamentos, casas rurales o pisos que se alquilan a turistas por temporadas o por días. La legislación española dice que son las comunidades autónomas las que deben regular esta materia.  Actualmente, la Comunidad de Madrid está en proceso de modificar la normativa existente desde 2014, para afrontar el desafío que plantea la irrupción de la llamada economía colaborativa.

Sea cual sea la modalidad de alquiler que elijas, y si realmente quieres tener un alquiler seguro en la Comunidad de Madrid, deberías contratar un seguro de impago de alquiler. De este modo, protegerás tu renta frente a imprevistos como el impago de mensualidades, actos vandálicos o gastos jurídicos, y te garantizarás un alquiler sin sorpresas.

 



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