Ayudas del Gobierno para el Alquiler

El Gobierno de España, va a llevar este martes al Consejo de Ministros unas series de medidas para el rescate a los inquilinos afectados por el coronavirus. Entre las medidas, que plantean, se incluye una prórroga automática de todos los contratos de alquiler durante seis meses, créditos a interés cero y ayudas directas para inquilinos con dificultades para pagar los alquileres, y la prohibición de desahucios por impago de las rentas. Vayamos por paso y desglosemos como queda este decreto para los arrendadores:

  • Grandes tenedores de viviendas (Fondos de inversiones, empresas con múltiples viviendas o propietarios con más de 8 viviendas)

Para éstos, tenemos dos vías:

  1. Si hay acuerdo con el inquilino, la moratoria será hasta de un máximo de cuatro meses.
  2. En caso de no existir acuerdo entre las partes, los arrendadores tendrán que elegir entre, o una reestructuración de la deuda en tres años, o, y ahora sí: una quita del 50% de la deuda, pero hasta un máximo de cuatro meses.
  • Propietarios con menos de ocho propiedades

El Estado avalará microcréditos de hasta 100 millones de euros para inquilinos vulnerables. Serán créditos a tipo cero, que se podrán pedir en el banco y que serán finalistas. Solo servirán para el alquiler o para las facturas. El inquilino, con dificultades podrá pedir un préstamo sin intereses a devolver en un máximo de hasta 10 años (6 años con opción de prórroga de 4 de años). Si vencido ese plazo el inquilino no ha podido pagarlos, pasarán al Plan de Vivienda del Estado, que será quien corra con este gasto.

Estos microcréditos serán sufragados por el Estado a través del ICO. En casos de hogares que ni siquiera puedan afrontar la devolución de esos préstamos, el Estado les concederá ayudas directas de hasta 900 euros al mes. El Gobierno, además, abre la mano en la definición de «hogar vulnerable«, para incluir a parados, ERTE o reducción de jornada.

Hay que dejar claro, que se Descarta condonar todo el pago, por unas series de razones:

  • Un problema legal, ya que la expropiación de rentas puede saturar los tribunales
  • Un problema social, ya que el 85% de las viviendas en alquiler son de un casero que solo tiene esa vivienda, por lo que privarle de esos ingresos conllevaría dañar también a caseros que pueden ser víctimas de ERTE y que pueden tener los mismos problemas que sus inquilinos. Estaríamos ante un problema macroeconómico.
  • Un problema de señal, ya que, si se suspenden los cobros del alquiler, pueden quedar comprometidas las inversiones futuras, según el Gobierno.

Para la moratoria en los contratos de arrendamientos, se tiene que recoger mediante la firma de un anexo al contrato de arrendamiento, en el que se recoge el acuerdo alcanzado entre las partes. Desde Plandeprotecciondealquiler.com podemos asesorar a nuestros clientes e inmobiliarias acerca de cómo redactar dicho anexo para facilitar al inquilino el pago de las siguientes rentas en caso de verse afectado por la crisis del COVID-19



RELATED POSTS